Cálculo- Vencimiento- Ingreso del Impuesto

Mediante resolución general de AFIP Nº 4673/2020, se establece un Pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales correspondiente a los períodos fiscales 2019 y 2020, que deberán ingresar las personas humanas y las sucesiones indivisas, que posean en los períodos fiscales 2018 y 2019, bienes en el exterior sujetos a impuesto.

El monto del pago a cuenta se determinará sobre la base de los bienes en el exterior sujetos a impuesto en el período anterior, aplicando al “Total de bienes en el exterior sujetos a impuesto” declarado en los períodos fiscales 2018 y 2019 la alícuota que establece a continuación:

VENCIMIENTO:

-Período fiscal 2019: a partir del 04/03/2020 hasta el 01/04/2020
-Período fiscal 2020: a partir del 01/02/2021 hasta el 05/04/2021

FORMA DE INGRESO:

Mediante Volante electrónico de pago (VEP), con los siguientes Códigos
IMPUESTOS: 180 Bienes Personales
CONCEPTO: 183 Pago a Cuenta
SUBCONCEPTO: 183 Pago a Cuenta
PERIODO: 2019/2020 (Según corresponda)
CUOTA: 1

 

Fuente: Res. Gral. AFIP 4673/2020