El lunes 23/12/2019 se publicó la ley 27.541 de “Solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia Pública” (LSSYRP), la cual introduce algunas modificaciones con respecto al cálculo de las contribuciones patronales.

La detracción a la base para el cálculo de las contribuciones patronales fue implementada por la ley 27.430, la cual planteaba un monto fijo a detraer, el cual se iría actualizando anualmente según las variaciones del IPC. A partir del 2.020 el monto de $ 7.003,68, no sufrirá variaciones, ya que la ley 27.541 (LSSYRP) en su Art. 22 expresa que dichos montos “no sufrirán actualización alguna”.

Una de las novedades de esta ley (LSSYRP) se encuentra en su Art. 23, donde habla de una nueva detracción adicional de $10.000 para aquellos empleadores que tengan una nómina de HASTA 25 trabajadores. Esta nueva disposición aplica para aquellos sueldos devengados en el periodo diciembre 2019, por lo que, al confeccionar la Declaración Jurada Mensual, aquellos empleadores que cumplan con la condición expresada, gozaran de esta nueva detracción.

A la fecha el aplicativo “Declaración en Línea”, no muestra un campo específico donde incluir dicha detracción, ya que se trata de un monto global para todos los empleados, y no para cada uno en particular (como la detracción de la 27.430). Consideramos que en los próximos días AFIP debería expedirse sobre este tema en particular, explicando el modo en que se aplicará dicha detracción al presentar la Declaración Jurada Mensual.